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La ARC aprueba la aplicación de medidas compensatorias y dispone su ejecución inmediata a las empresas eléctricas a escala nacional

BOLETÍN DE PRENSA

Quito D.M., 22 de junio de 2021

El Directorio de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARC), con base a sus competencias y atribuciones, emitió hoy la Resolución No. 018/2021 en la que aprueba la aplicación inmediata de medidas compensatorias para los usuarios residenciales del servicio público de energía eléctrica y dispone a las empresas eléctricas de distribución y a la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL EP), con todas sus unidades de negocio a nivel nacional, realicen las acciones que correspondan en sus procesos de facturación.

La Agencia efectuó los estudios técnicos-económicos, acorde a las disposiciones del Decreto Ejecutivo No. 74, en coordinación con el ente rector del sector, el Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables, para la ejecución de estas medidas.

El Ministro de Energía y Recursos Naturales No Renovables, Juan Carlos Bermeo Calderón, señaló que estas medidas son una muestra del compromiso del Gobierno de escuchar las necesidades de los ciudadanos y atenderlas. “Se trata del primer Decreto que emite el Gobierno para mitigar el impacto económico que la pandemia ha dejado en las familias. Esta decisión beneficia a 4.2 millones de usuarios residenciales del servicio público de energía eléctrica a escala nacional”, dijo.

El Gobierno destinará USD 23,42 millones para la implementación de estas medidas, que son de carácter temporal y se aplicarán a los consumos de energía eléctrica de abril y mayo de 2021. Acorde a la resolución del Directorio de la ARC son:

  • Las empresas y CNEL EP reliquidarán los valores facturados por energía eléctrica y alumbrado público, a los usuarios cuyos consumos sean de 1 a 500 kWh/mes, utilizando los valores facturados en abril y mayo de 2019, siempre y cuando los valores facturados en 2021 (abril y mayo) sean superiores a los del 2019.
  • Se aplicará el valor de 10,50 centavos USD/kWh para la reliquidación de los valores de los usuarios cuyos consumos sean mayores a 500 kWh/mes.
  • Para los usuarios residenciales beneficiarios del subsidio de la Tarifa de la Dignidad, cuyos consumos de energía eléctrica, en abril y mayo de 2021, sobrepasen los límites establecidos para la aplicación y acceso a esta tarifa (hasta 130 kWh/mes en la Costa y 110 kWh/mes en la Sierra), se reliquidará los valores, aplicando la tarifa establecida para este subsidio, 4 centavos USD/kWh.
  • Se suspende el corte del servicio público de energía eléctrica por falta de pago, de los consumidores del sector residencial, por un periodo de hasta 60 días, contados desde la expedición del Decreto Ejecutivo Nro. 74, de 11 de junio de 2021.
  • Las empresas y CNEL EP reforzarán sus equipos de atención al usuario, con el fin de dar una respuesta oportuna e inmediata a los reclamos.
  • Se prohíbe exigir la cancelación parcial o total del valor de la planilla eléctrica, como requisito para el trámite de atención de reclamos de los usuarios residenciales.
  • Se incluirá en la planilla de servicio de energía eléctrica, que será entregada a partir de julio de 2021 (correspondiente al consumo del mes de junio de 2021), la información referente al proceso de aplicación de estas medidas de compensación.

La ARC efectuará acciones de control a las empresas de distribución y comercialización del servicio, en todo el país, para verificar la aplicación inmediata de las medidas de compensación a los usuarios residenciales del servicio público de energía eléctrica.